A última hora del lunes, el Comité Operativo de Emergencia aclaró cuáles son las nuevas medidas y excepciones que rigen para todo el territorio tucumano.
Resolución 110. Podrán circular de 23.30 a 7 las personas que revisten el carácter de personal esencial.Resolución 111. La necesidad de extremar las medidas relativas a la limitación interjurisdiccional en el territorio provincial a partir de las 18:00, hasta las 23:30 horas de Lunes a Viernes, y de 15:00 a 23:30 horas los fines de semana y feriados. Resolucion 112. Está prohibida la celebración de Cultos, ferias, velatorios, natatorios públicos y privados, practica de deportes con contacto físico, realización de salidas recreativas en plazas y parques.
Resolución 113. No está permitido:1. Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que impliquen la concurrencia de personas.2. Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.3. Servicio Público de Transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos previstos en el artículo 22 de este decreto, como las personas que realizan trabajos esenciales.4. Turismo.