Un decreto presidencial firmado en 2020 garantiza que al menos el uno por ciento de cargos del ámbito público nacional se destinen a personas travestis, transexuales y transgénero. ¿Quiénes pueden inscribirse y cómo deben hacerlo?
El cupo laboral en el sector público fue establecido por el decreto 721/2020, firmado por Alberto Fernández en septiembre del año pasado, y garantiza que al menos el 1 por ciento de la totalidad de cargos y contratos del Estado Nacional se destinen para personas travestis, transexuales y transgénero.
En cuanto a los requisitos:-No es necesario contar con el cambio registral de DNI.Algunas de las tareas que se llevarán adelante a partir de la creación del Registro son:-Diseñar los circuitos de información dentro del Sistema de Información del Registro.-Realizar el monitoreo, implementación y seguimiento de las funciones y objetivos del Registro.-Recepcionar la información referente a los puestos de trabajo disponibles en el Sector Público Nacional.-Implementar la selección aleatoria de los perfiles laborales de las personas travestis, transexuales y transgénero a partir de la información brindada al momento de la inscripción al Registro.-Enviar a las entidades y jurisdicciones requirentes el resultado de la selección aleatoria.-Establecer los ajustes y/o cambios o actualizaciones que sean necesarias para garantizar el funcionamiento del sistema informático.