El Congreso de la Nación eliminó el certificado de supervivencia que debían presentar los jubilados para cobrar sus haberes. María Inés Salvatierra, abogada previsional explica la sanción de esta ley y qué deben hacer los jubilados en Tucumán. Video.
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Casi por unanimidad, la Cámara de Diputados modificó la ley 26.704 y determinó la eliminación del trámite de actualización de “Fe de Vida” que debían presentar jubilados y pensionados que integran el Sistema Integrado Previsional Argentino y de Pensiones No Contributivas para el cobro de sus haberes mensuales.
De esta manera, la abogada previsional, María Inés Salvatierra habló con Oscar Mazza en La Tucumana de Mañana (FM latucumana 95.9) sobre esta nueva normativa y explicó que deben hacer los jubilados tucumanos.
“Antes de la bancarización donde había distintos medios de pago, era bastante complicado y no había una comunicación tan sistemática entre los datos que se registraban en el Registro Civil y Anses, en donde había beneficiarios que habían fallecido y sus familiares seguían cobrando como apoderados. Entonces, había una exigencia que era que cada tres meses los beneficiarios debían concurrir al lugar de cobro en el interior del país a dar fe de vida, es decir a demostrar su supervivencia, a demostrar que estoy vivo. Eso con el tiempo fue mejorando sistemáticamente en el sentido de que se bancarizaron todos los pagos y hoy hay una intercomunicación inmediata desde que se registra una defunción. Y ese mismo mes o el mes siguiente a más tardar el pago del beneficio se interrumpe”, empezó explicando la abogada.
Y agregó: “Hoy exigirle a un beneficiario que se encuentra imposibilitado de trasladarse, enfermo, o vive lejos del lugar de cobro o, aunque no esté imposibilitado, si estamos sistematizando todo es para darle la posibilidad de que sea más práctico de que la persona con una tarjeta de débito se acerque a cualquier cajero automático más cercano a su domicilio y pueda ir retirando su haber previsional, entonces, habiendo reducido considerablemente este riesgo de que terceras personas perciban por el titular del beneficio, hoy definitivamente se sancionó la falta de exigencia o la inexigibilidad de parte de Anses de la Fe de Vida. Eso no significa que el banco no corra riesgo de seguir pagando haberes indebidamente, entonces a efectos de minimizar ese riesgo, la normativa define que Anses como organismo previsional no va a exigir más el certificado de supervivencia, pero si, delega en los bancos definir cuál va a ser la operatoria para que quede confirmado que el beneficiario está vivo”.
En definitiva, la abogada explicó que Anses, como organismo previsional, ya no puede exigir que se presente la Fe de Vida como lo hacían antes. Sin embargo, el banco tiene responsabilidad respecto de lo que paga y a quién paga. Es decir, como van a dar Fe de Vida será responsabilidad de cada banco.
Como alternativas, la aboga dijo que cada banco podrá, por ejemplo, pedir que hagan compras con tarjeta de débito cada cierto tiempo o ir a marcar con huella digital. Pero eso lo definirá cada entidad. Para asesorarse sobre este tema con la abogada Salvatierra, los tucumanos pueden dirigirse a la calle Balcarce 117 de lunes a viernes de 09 a 16 horas.
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