POLÍTICA

Fallo judicial ratificó la plena vigencia de la reforma laboral de Milei

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal 12 dejó este viernes sin efecto la medida que suspendía una serie de artículos de la Ley de Modernización Laboral impulsada por el Gobierno.

08 May 2026 - 14:41

(Foto: Tomas Cuesta/Getty Images South America/Getty Images)

Este viernes, la Ley de Modernización Laboral recuperó plena vigencia a partir de un fallo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal 12 que dejó sin efecto la medida cautelar que había suspendido 81 artículos de la norma N° 27.802, la reforma laboral que impulsó el Gobierno de Javier Milei.

La resolución firmada por la jueza federal Macarena Marra Giménez constituye el tercer episodio judicial en menos de dos meses que ratifica la aplicación de la reforma laboral, luego de la intervención de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y el rechazo de la Corte Suprema de Justicia al per saltum presentado por el Gobierno.

El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, celebró el fallo desde Casa Rosada: “Una gran noticia para los trabajadores y para los que generan trabajo en el país. La justicia acaba de dejar sin efecto la cautelar interpuesta por la CGT, que suspendía la Ley de Modernización Laboral. De esta manera, la ley votada en el Congreso de la Nación finalmente va a entrar en vigencia“, afirmó.

La Confederación General del Trabajo de la República Argentina (CGT) presentó una acción declarativa de inconstitucionalidad contra el Poder Ejecutivo Nacional, cuestionando serie de artículos de la Ley N°27.802, publicada en el Boletín Oficial el 6 de marzo de 2026.

La central obrera planteó que los artículos impugnados vulneraban la protección del trabajo, la progresividad de los derechos sociales, la libertad sindical y el acceso a la Justicia, entre otras garantías constitucionales.

El 30 de marzo, el titular del Juzgado Nacional del Trabajo N°63, Raúl Horacio Ojeda, hizo lugar al planteo de la CGT y suspendió con alcance general 83 artículos de la norma.

El Gobierno apeló la decisión a través de la Procuración del Tesoro, que cuestionó la procedencia de la cautelar, la legitimación de la CGT y el alcance de la resolución.

El 23 de abril, la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, integrada por la jueza María Dora González y el juez Víctor Arturo Pesino, hizo lugar al planteo y otorgó efecto suspensivo al recurso del Estado: los artículos suspendidos recuperaron vigencia mientras el tribunal analizaba el fondo de la apelación.

En paralelo, el 16 de abril la Procuración del Tesoro había presentado un recurso de per saltum ante la Corte Suprema, en representación de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano, que fue rechazado por los supremos Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, al entender que no se verificaban los requisitos del artículo 257 del Código Procesal Civil, que exige acreditar una notoria gravedad institucional para omitir instancias intermedias.

El expediente llegó así al Juzgado Contencioso Administrativo Federal 12 luego de que la Sala IV de la Cámara resolviera con carácter definitivo el 28 de abril el conflicto de competencia entre el fuero laboral y el contencioso administrativo, dándole la razón al Estado, que había promovido una inhibitoria contra el Juzgado N°63.

La jueza Marra Giménez determinó que la cautelar original no reunía los requisitos legales exigibles para su procedencia, y subrayó que suspender 81 artículos de una ley sancionada por el Congreso Nacional excedía “el estrecho ámbito de apreciación del remedio preliminar” y que hacerlo constituiría “un claro abuso del instituto cautelar”.

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