Trasladarán a presos de comisarías al Servicio Penitenciario Federal
La medida afecta a los procesados con prisión preventiva y los detenidos no procesados alojados en comisarías provinciales o dependencias de otras fuerzas de seguridad.
En virtud de lo solicitado por el Fiscal General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, Antonio Gustavo Gómez, el titular de Juzgado Federal N°1 de dicha jurisdicción, Daniel Bejas, ordenó que se traslade a establecimientos del Servicio Penitenciario Federal a los procesados con prisión preventiva y los detenidos no procesados, que actualmente están alojados en comisarías provinciales o dependencias de otras fuerzas de seguridad.
La decisión de Bejas está motivada por la acción de habeas corpus colectivo que interpuso el fiscal Gómez, al tomar conocimiento de las condiciones en las que se encontraban alojadas once personas en el Escuadrón 55 “Tucumán” de la Gendarmería Nacional, las cuales fueran informadas por el Comandante de dicha dependencia, Abel Martín Espinoza.
En su presentación, Espinoza hace saber que el lugar destinado para el alojamiento de personas en esa unidad “fue diseñado para alojar a una persona y que actualmente se encuentran once (11), siete a disposición del Juzgado Federal 1 y cinco a disposición del Juzgado Federal 2, encontrándose en condiciones de hacinamiento”. Asimismo, el espacio cuenta con un único baño, que se saturó, lo que produjo roturas en las cañerías “con filtraciones de residuos cloacales hacia la plaza de armas de la Unidad que provocan olores nauseabundos y enfermedades infectocontagiosas”.
El cuadro de situación se agrava con el hecho de que la Unidad no cuenta “con un lugar para alojar a personas de sexo femenino y que el personal de esa fuerza no se encuentra capacitado para atender a detenidos y proveerles lo necesario”.
En virtud de ello, el fiscal Gómez interpuso una acción de habeas corpus colectivo correctivo, a favor de los detenidos y alojados en las instalaciones del Escuadrón 55 de Gendarmería Nacional “en condiciones que arriesgan su vida, profundizan las lesiones a la integridad física y violan sus derechos (…) por agravamiento de las condiciones de detención, con el objeto de hacer cesar su padecimiento”.
En consonancia con el argumento del representante del Ministerio Público Fiscal, el juez Bejas sostuvo que los preceptos constitucionales y los contenidos en los instrumentos internacionales “reafirman que la libertad no puede configurarse de cualquier manera. Es deber de los poderes públicos garantizar que esta sea acorde a condiciones mínimas de trato y alojamiento establecidas por ley, en la inteligencia que la persona privada de su libertad se encuentra impedida de satisfacer sus necesidades por sus propios medios. Por ello, le corresponde al Estado garantizar tales necesidades conllevando con ello el desarrollo de una vida digna”.








