Con el impulso de Pablo Yedlin, se dio media sanción a la nueva ley antidopaje
DEPORTE
El diputado tucumano participó de la elaboración del proyecto que incorpora nuevas modificaciones a la ley de antidopaje en el deporte. La normativa prevé la sanción de entrenadores en infracción, incorpora la figura de la "persona protegida" y diferencia entre "sustancias de abuso" y aquellas que se utilizan para mejorar el rendimiento deportivo.
Durante la primera sesión ordinaria de la Cámara de Diputados se dio media sanción al proyecto de ley de Modificación del Régimen Jurídico para la Prevención y el Control del Dopaje en el Deporte, una iniciativa que fue enviada por el Poder Ejecutivo en enero de 202 y que modifica la ley antidoping en la Argentina.
En este sentí, el diputado tucumano Pablo Yedlin, uno de los impulsores de este proyecto, remarcó que nuestro país fue pionero en América Latina en este tipo de normativas, que se modifican con regularidad para adecuarse a las nuevas sustancias que hay que detectar y los nuevos métodos. “Los objetivos de esta norma son la lucha y la prevención contra el dopaje en el deporte sobre la base del principio de juego limpio y la protección de la salud de los deportistas”, indicó.
Durante su exposición, el tucumano manifestó la urgencia de incorporar las modificaciones a esta ley antes del 12 de abril, para que Argentina puede depender sólo de esta normativa y no necesite una autorización especial para organizar grandes competencias deportivas, como ser los Juegos Olímpicos y la Copa América, que este año se jugará con sede compartida en Argentina y Colombia.
Por otro lado, agradeció a los diputados oficialistas y opositores por el trabajo que se hizo en muy poco tiempo para evaluar el proyecto en comisiones y llevarla al tratamiento en la cámara. “Hay muchos deportistas que dependen de esta ley”, manifestó.
Entre las novedades de esta nueva normativa, se extienden las responsabilidades por dopaje a los entrenadores, quienes en casos ser encontrados en infracción a la ley, ya sea por uso o tráfico de sustancias, serán inhabilitados tanto al igual que los deportistas.
Además, el proyecto diferencia entre las “sustancias de abuso”, que son las drogas legales que se consumen socialmente, y aquellas sustancias que se usan exclusivamente para maximizar el rendimiento deportivo, por lo que se establecen distintas escalas de sanciones.
Por otro lado, se incorpora la figura de “persona protegida”, que establece sanciones menores para aquellos deportistas menores o discapacitados y sanciones mucho más severas para sus entrenadores.








