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Confirman el procesamiento de un exdiputado tucumano por violar la cuarentena en 2020

Pandemia

La Cámara Federal respaldó la decisión de juez Luis Rodríguez, que había procesado en mayo del año pasado a Benjamín Isaac Bromberg quien salió a la calle tras regresar de España.





La Sala I de la Cámara Federal porteña confirmó el procesamiento de ex diputado nacional por el Frente para la Victoria de Tucumán y actual Representante Oficial de la provincia de Tucumán en la Capital, Benjamín Isaac Bromberg, quien al regresar de España en marzo del año pasado no cumplió con el aislamiento obligatorio de dos semanas que regía al inicio de la pandemia de coronavirus. 

La Cámara confirmó el procesamiento dictado por Rodríguez -junto al embargo de $50.000 -de acuerdo a lo que establece el artículo 205 del Código Penal que dice que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”. El ex diputado se encamina hacia un juicio oral y público.
 
El 19 de marzo de 2020 un vecino del barrio porteño de Recoleta llamó al 147 de la Ciudad de Buenos Aires para denunciar que Bromberg no estaba respetando la cuarentena obligatoria tras volver de Esapaña. En esa fecha, el Ejecutivo Nancional había emitido el Decreto de Necesidad y Urgencia 297/20 que fijó las restricciones de desplazamiento hasta el 31 de marzo, al comienzo de la pandemia y desde el 12, había reglas explícitas para un aislamiento estricto para quienes regresaran desde el exterior.
 
Tras la denuncia del vecino, tomó intervención José Luis Agüero Iturbe quien subroga la fiscalía de la Cámara Federal porteña: tras constatar con la Dirección Nacional de Migraciones que Bromberg regresó el 5 de marzo del año pasado desde España, se inició el expediente. Durante los días posteriores había salido de su departamento situado en “La Isla” uno de los sectores más elegantes del barrio porteño de Recoleta. Las salidas de Bromberg quedaron corroboradas por las llamadas que hizo por celular en los días sucesivos a su regreso: lo situaron en diferentes sitios de la Ciudad .El portero de su edificio aseguró que Bromberg había salido varias veces a la calle por aquellos días.
 
El artículo 7 del Decreto de Necesidad y Urgencia 260/20 firmado el 12 de marzo pasado por el presidente Alberto Fernández señala que “Deberán permanecer aisladas durante catorce días […] las siguientes personas: […] d. Quienes arriben al país habiendo transitado por zonas afectadas…e. Quienes hayan arribado al país en los últimos 14 días, habiendo transitado por zonas afectadas”.
Bromberg fue diputado nacional por el Frente para la Victoria entre 2011 y 2015. En 2015 finalizó su mandato como legislador y en marzo de 2016 fue nombrado por el gobernador José Manzur como el Representante Oficial de la provincia en la Capital.
 
En su indagatoria Bromberg aseguró que desde que volvió de España realizó tareas concernientes a su actividad como director de la Casa de Tucumán en Buenos Aires. Y que por su función y la asimilación de su cargo al de Secretario de Estado, estaba exceptuado. El juez Rodríguez dio por tierra con ese argumento porque en aquel entonces no había excepción para los viajeros desde el exterior, consignó Infobae.

Los camaristas Pablo Bertuzzi, Lepoldo Bruglia y Mariano Llorens confirmaron el procesamiento dictado por el juez Rodríguez. Respaldaron la decisión y en su resolución rechazaron el argumento brindado por Bromberg quien sostuvo en su defensa que desconocía la norma. Los camaristas dijeron que: “Así, la formación profesional y laboral del encartado -quien se desempeña como representante de la provincia de Tucumán en Capital Federal frente al Gobierno Nacional-, sumado a la gran publicidad realizada por los distintos medios de comunicación del país acerca del contenido del mentado decreto, impide otorgar credibilidad a la tesis defensista. Resulta evidente que la intención de la norma violada por el encausado era prevenir la propagación del virus mediante el aislamiento obligatorio, por una determinada cantidad de días, de quienes ingresan al país, provenientes de zonas afectadas por el virus. Su calidad de funcionario público, entonces, carece de relevancia en lo que a ello respecta”.