Juicio por YPF: la jueza Preska rechazó el pedido de Argentina de transferir acciones al fondo buitre Burford
El Gobierno tiene un plazo de tres días para presentarse ante una segunda instancia en la Corte de Apelaciones para no entrar en desacato, luego de que la jueza del distrito sur de Nueva York rechazó el pedido de suspender la orden que obliga al Estado a transferir el 51% del paquete accionario de la petrolera.
(Foto: AFP - tomada de La Nación)
La Justicia de Estados Unidos volvió a fallar en contra de la Argentina y la jueza Loretta Preska Tribunal del Distrito Sur de Nueva York (primera instancia) rechazó el pedido de suspender la orden que obliga al Estado argentino a transferir el 51% de las acciones de YPF al fondo buitre Burford, que litiga contra nuestro país tras adquirir los derechos de los ex accionistas de la petrolera tras la expropiación de la empresa en 2012.
El nuevo fallo de la jueza Preska benefició otra vez a los exaccionistas que demandaron a la Argentina, y nuestro país tiene un plazo de tres días más antes de entrar en desacato. Argentina ya apeló esta decisión al tribunal superior de la Corte de Apelaciones. Este lunes se vencía el plazo de 14 días para entregar el 51% de las acciones de YPF a los otrora accionistas que no fueron consultados cuando se realizó la expropiación del paquete accionario mayoritario de la empresa.
Preska sostuvo que “si bien es cierto que otras partes se ven afectadas por la orden de entrega del Tribunal, los demandantes tienen derecho a cumplir su sentencia no suspendida”, y criticó la defensa argentina al señalar que “la República ha abusado de las adaptaciones del Tribunal y, por lo tanto, no se le concederán otras adicionales”.
“En consecuencia, por las razones expuestas, se denega la solicitud de la República de una suspensión adicional. La suspensión actual se extiende hasta el 17 de julio de 2025 con el único propósito de dar a las partes tiempo adicional para solicitar una reparación ante el Tribunal de Apelaciones”, concluyó la magistrada.
Desde la Procuración del Tesoro, organismo oficial encargado de diseñar las estrategias legales del país, aclararon que “cabe destacar que la Argentina no se encuentra incumpliendo la orden, ya que la propia Preska otorgó tres días más para solicitar la suspensión ante la Cámara de Apelaciones”.
Los beneficiarios del fallo son los fondos Burford Capital y Eton Park, que demandaron a la Argentina por la expropiación de YPF y obtuvieron a su favor un fallo de Preska, en 2023, que impuso el pago de una indemnización de US$16.100 millones más intereses.
También fue incluido como beneficiario el fondo Bainbridge, que recibiría acciones de la compañía como parte del pago de la deuda en default desde 2001. Aunque ese último juicio ya tiene sentencia firme y el Estado argentino debe pagar alrededor de US$100 millones, el proceso por la expropiación de YPF aún se encuentra en etapa de apelación.
Burford compró en España el derecho a litigar en la quiebra de las empresas Petersen y Eton Park solicitaron al tribunal que rechace la cautelar pedida por la Argentina. En caso de que se concediera, pidieron que quedara sujeta al pago de una fianza millonaria.
“La República continúa demorando y eludiendo sus obligaciones en virtud de la sentencia no suspendida. (...) El Tribunal concedió la suspensión sin una fianza de sobreseimiento, con la condición de que la República solicitara una revisión acelerada en apelación y presentara una garantía mínima, lo que implicaba comprometer activos mínimos a los demandantes. La República no cumplió con ninguna de las dos condiciones”, dijo Preska.
“La República aprovechó al máximo el tiempo extra, pero no hizo ningún esfuerzo por satisfacer las condiciones requeridas por el Tribunal (...) Ahora, la República alega que se producirá un daño irreparable si el Tribunal no suspende su orden de entrega, pero cualquier supuesto daño surge directamente de las propias acciones de la República al retrasar e intentar eludir sus obligaciones en virtud de la sentencia”, agregó la jueza en un duro escrito.
El Estado argentino no puede transferir las acciones sin la previa autorización del Congreso, según el artículo 10 de la ley 26.741, que habilitó la expropiación de YPF.
La defensa del Estado argentino había dicho que el pedido de los demandantes implica un ataque directo contra su soberanía y detalló tres argumentos centrales:
Un caso sin precedentes. No se trata de una disputa comercial tradicional, sino de un juicio excepcional que involucra un fallo por US$16.100 millones, actualmente apelado, y que plantea cuestiones jurídicas complejas. Incluso —destacó la defensa— el propio gobierno de Estados Unidos expresó desacuerdos con la decisión del tribunal.
Daño irreparable. Cumplir con la orden implicaría violar la legislación local, específicamente la ley de expropiación de YPF, que prohíbe vender acciones sin la aprobación del Congreso. De avanzar, la Argentina perdería de forma irreversible el control de la petrolera.
Falta de perjuicio y defensa del interés público. Según el escrito, los demandantes no sufrirían daños si se suspende la medida, mientras que su ejecución inmediata podría perjudicar a terceros ajenos al juicio —como provincias y bonistas— y activar cláusulas contractuales en contra de YPF. Por eso, aseguran, lo mejor es mantener el statu quo.
El término "fondo buitre" se utiliza para describir a estos fondos porque su modelo de negocio implica adquirir activos con problemas financieros (como deudas o litigios) a precios bajos, y luego buscar obtener ganancias significativas a través de la resolución judicial de esos casos o la venta de los derechos a un precio más alto.
En el caso de YPF, Burford Capital adquirió los derechos de empresas del Grupo Petersen que poseían acciones de YPF y que habían dejado de recibir dividendos tras la estatización de la compañía.








