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Hugo Ledesma nombró ilegalmente a José Díaz en la Caja Popular: el Tribunal de Cuentas anuló el acto y mandó la causa al fuero penal

MAFIA PARAESTATAL

El Acuerdo N° 1348 del Tribunal de Cuentas, firmado el 29 de abril por los contadores Chaiben Terraf y Vidal, declaró la nulidad absoluta de la designación de José César Díaz en planta permanente de la CPA, firmada el 21 de junio de 2023 por su entonces subordinado Hugo Ledesma —actual legislador y cuñado del sindicalista Carlos Cisneros— bajo instrucciones del entonces gobernador Juan Manzur. Por imperio del Art. 9° de la Constitución provincial, esa designación produjo la cesación automática del cargo de interventor. Díaz siguió firmando como interventor hasta enero de 2026. El Tribunal remite las actuaciones al Ministerio Público Fiscal por abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público.

Carlos Cisneros, José Díaz y Hugo Ledesma cuando comandaban la Caja Popular de Ahorros.-





El pasado 29 de abril, el Tribunal de Cuentas de Tucumán emitió el Acuerdo N° 1348, firmado por los contadores Miguel Chaiben Terraf y Marcelo Vidal. El Acuerdo cierra una actuación que el propio Tribunal había abierto en febrero, cuando detectó —al revisar la Resolución 091/26 de la actual intervención de la CPA— que José César Díaz firmaba como 'Asesor Jurídico' del Organismo sin que estuviera claro su título.

En el centro de este nuevo escándalo se encuentra la Resolución N° 494/23, fechada el 21 de junio de 2023, mediante la cual el entonces subinterventor Hugo Guillermo Ledesma designó a su propio jefe, José César Díaz, en el cargo jerárquico de Subgerente General Adscripto (Nivel 3), uno de los más altos del escalafón de carrera de la CPA, reservado a personal con muchos años de antigüedad y promoción por concurso interno. El acto no solo garantizaba estabilidad laboral a Díaz, sino que implicaba una afectación presupuestaria preventiva de $11.521.343,29 (monto de junio 2023) para un puesto que, paradójicamente, quedó "materialmente inactivo" de inmediato mediante una licencia política concedida en la misma resolución. El perjuicio fiscal real contra la CPA lo determinará la Comprobación Sumaria —que va a tener que cuantificar haberes percibidos, eventual simultaneidad remunerativa con el cargo político, y los haberes desde el 22 de enero de 2026 en adelante—.

La maniobra fue el resultado de lo que sería una cadena de favores iniciada con una nota del 9 de marzo de 2023, donde el entonces gobernador Juan Luis Manzur instruyó a Ledesma —salteando al interventor titular— para que procediera con el nombramiento. Ledesma ─cuñado del sindicalista Carlos Cisneros─ firmó la resolución sin acreditar que Díaz estuviera ausente o impedido de ejercer su cargo, omitiendo también el acuerdo obligatorio del segundo subinterventor. Díaz, por su parte, aceptó el beneficio sin excusarse, ignorando el conflicto de intereses. Ante esto, el Tribunal de Cuentas fue lapidario: "ni siquiera las instrucciones superiores pueden conferir al interventor atribuciones para alterar el régimen legal del organismo intervenido".

Las graves irregularidades marcadas por el Tribunal

El organismo de control identificó cinco vicios esenciales que, según el Tribunal de Cuentas, tornan el acto "absoluta e insanable" nulo:

- Vicio en la competencia (art. 43 inc. 1 Ley 4537): Ledesma firmó sin acreditar ausencia o impedimento de Díaz, ni acuerdo del otro subinterventor que exige la Resolución 244/18 de la propia CPA..

- Vicio en el procedimiento (art. 43 inc. 4): la designación omitió concursos, órdenes de mérito y pruebas de suficiencia. Díaz ingresó directamente a un cargo jerárquico, violando la regla del art. 28 del Estatuto del Personal CPA, que ordena que todo ingreso se haga "siempre en el nivel inicial de la rama".

- Vicio en la causa y en la motivación (art. 43 incs. 2 y 3): el dictamen jurídico previo —firmado por la Dra. Fabiana Valeria Casares— ni siquiera identificaba al agente a designar y omitía analizar la incompatibilidad constitucional manifiesta de que el destinatario fuera el propio interventor en ejercicio.

- Vicio en la finalidad: desviación de poder (art. 43 inc. 5). El acto, en su finalidad real, no buscaba cubrir una vacante en interés del servicio sino asegurar al interventor un puesto de carrera permanente al que accedería al cesar en el cargo político. La licencia política otorgada en la misma resolución dejó al cargo "materialmente inactivo".

- Vicio en el objeto: contradicción con el Art. 9° de la Constitución provincial, que prohíbe la acumulación de empleos a sueldo. Al aceptar el segundo cargo, Díaz cesó automáticamente en el primero.


Hugo Ledesma, subinterventor de la CPA nombró en planta permanente a su superior José Díaz.- 


El eje central de esta resolución es la "vacancia automática". Según el Artículo 9° de la Constitución Provincial, que prohíbe la acumulación de empleos a sueldo, "la sola aceptación del segundo puesto deja vacante el primero". De este modo, al aceptar el cargo de planta el 21 de junio de 2023, Díaz dejó de ser legalmente el interventor de la CPA en ese mismo instante. Sin embargo, continuó firmando decretos, manejando fondos y tomando decisiones institucionales hasta el 22 de enero de 2026, careciendo de un título válido de autoridad durante dos años y medio.

Respecto a la validez de lo actuado, el Tribunal de Cuentas recurre a la doctrina del funcionario de hecho: mientras que los actos realizados frente a terceros de buena fe podrían convalidarse por seguridad jurídica, esto de ninguna manera exime a Díaz de su responsabilidad personal por la usurpación de funciones y el exceso de competencia.

La situación de Díaz hoy es de una irregularidad absoluta: no posee título válido para ejercer como Asesor Jurídico, cargo que pretendía ocupar tras su renuncia a la intervención. Díaz actualmente percibe haberes bajo una licencia psiquiátrica desde el 9 de marzo. El exinterventor de la CPA también firmó —junto con Patricia Neme— la impugnación del 17 de abril contra el sobreseimiento de los cuatro jugadores de Vélez Sarsfield dictado por el juez Augusto Paz Almonacid. Y patrocinó en sala el 20 de abril a las tres hijas de Cisneros en la audiencia donde estas pidieron una tutela autosatisfactiva para suprimir notas de eltucumano sobre su financiera, su inmobiliaria y su hotel de Tafí del Valle. Las dos actuaciones profesionales se realizaron mientras Díaz percibía licencia psiquiátrica con goce de sueldo de la CPA, sobre un cargo cuya designación el Tribunal de Cuentas acaba de declarar nula. 



Lo que sigue ahora es una comprobación sumaria con un plazo de 60 días para determinar el perjuicio fiscal total, bajo la conducción del instructor Dr. Martin Colomo y el co-instructor contable CPN Roger Valor. El Tribunal ya ordenó remitir las actuaciones al Ministerio Público Fiscal por la posible comisión de delitos encuadrados en el Art. 248 del Código Penal (abuso de autoridad) y notificó formalmente al gobernador Osvaldo Jaldo, así como a las autoridades actuales de la CPA, Guillermo Norry y Antonio Bustamante, para que inicien las medidas disciplinarias pertinentes.

ACUERDO N° 1348.-


Seguros fantasmas 

Este no es la única irregularidad señalada contra José Díaz durante su gestión al frente de la Caja Popularya que durante su mandato se consumó el pago de $11,2 millones a Basualdo sin póliza. Sin embargo, el conflicto mayor por los seguros fantasmas escaló con el juicio del volante Adrián Arregui. En febrero de 2019 el futbolista que se desempeñaba en San Martín de Tucumán recibió un golpe en el ojo derecho durante un partido ante Belgrano de Córdoba. Continuó su carrera. Fichó por Alianza Lima. Jugó la Copa Libertadores. En octubre de 2023 presentó una demanda laboral contra la CPA reclamando daños por incapacidad derivada de aquella lesión.

El estudio Iezzi y Varone Asociados, contratado por la gestión de Díaz para defender a la institución ante el Tribunal del Trabajo de Quilmes N° 3, no contestó la demanda. No planteó incompetencia de jurisdicción. Explicó la omisión como un "error involuntario". El interventor Norry lo calificó de "muy raro e irregular". Ese error dejó a la CPA en indefensión total ante un juicio que sus propios técnicos ya proyectaban en hasta $1.400 millones cuando Neme recibió el expediente en diciembre.

Ocho meses después, en enero de 2026, el actual presidente de San Martín, Oscar Mirkin, presentó una declaración jurada ante la CPA que parecía poner fin a la controversia: "NUNCA se incorporó a los Futbolistas ni Integrantes de Cuerpo Técnico" a la cobertura de la institución, ya que estos poseen su propia póliza a través de la AFA.

El 13 de marzo de 2026, cuarenta y siete días después de que Mirkin firmara su declaración jurada, la Gerencia Departamento Asegurador —Albornoz, Concilio, Gómez y Leiro— le envió al Sub Asesor Letrado Dr. Luis Alejandro Medina un diagnóstico sin atenuantes: "Estamos frente a una sentencia CONDENATORIA INMINENTE en primera instancia de más de $450.000.000 a cargo de Caja Popular, y con la seguridad de la apelación por parte de la actora generando más intereses y con alta probabilidad de que Cámara aplique RIPTE + tasa activa ($1.200.000.000 / $1.400.000.000)".

Sin embargo, tras la publicación de eltucumano.com sobre este escándalo y el inminente pago a un futbolista sin póliza de seguro, las actuales autoridades de la institución, Guillermo Norry y Anotnio Bustamante, presentaron una denuncia penal contra Adrián Arregui, y un entramado de abogados y médicos.


Otra denuncia contra Ledesma

El legislador Hugo Ledesma fue noticia el pasado 15 de noviembre, cuando una ciudadana presentó ante la Unidad Fiscal de Decisión Temprana una acusación formal contra ocho personas por peculado y asociación ilícita en el desvío de $26.791.604,22 en mercadería social.

Entre los denunciados aparecen Ledesma, ex subinterventor de la Caja Popular y cuñado de Carlos Cisneros; José César Díaz y Lorena Luz María Málaga Barros Sosa, ex ministra de Desarrollo Social del gobierno de Juan Manzur que autorizó doce entregas irregulares sin convenio ni beneficiarios identificados.

La presentación judicial se sustenta íntegramente en los Acuerdos 5.140 y 5.184 del Tribunal de Cuentas. El primero abrió juicio administrativo y estableció el perjuicio patrimonial. El segundo detalló cada operación irregular con precisión contable.

El mecanismo era directo: la ex ministra Málaga emitía Órdenes de Autorización de Entrega de Mercadería consignando como "beneficiario" a la Caja Popular de Ahorros. Problema: la CPA no tiene competencia legal para recibir ni distribuir ayuda social. Su función institucional es administrar el juego, otorgar préstamos y operar como banco provincial. La asistencia social no figura en su carta orgánica.

Pero Málaga igual autorizaba. Díaz, Ledesma, Garay y Corres igual solicitaban. Carranza, Naser y Budeguer igual retiraban. Y la mercadería —arroz, fideos, harina, leche en polvo, chapas sinusoidales, camas cuchetas, mesas, sillas— desaparecía sin dejar rastro de beneficiarios finales.

El Tribunal de Cuentas constató que no existía convenio entre Desarrollo Social y la Caja Popular que habilitara esta operatoria. Las entregas violaban el Decreto 2348/4-MDS-2010 al carecer de notas de pedido, identificación de beneficiarios en situación de vulnerabilidad y verificación de condiciones socioeconómicas.

El Acuerdo 5.184 mapea con nombres y apellidos el circuito completo. Orden 420477 del 6/10/2023: doscientas unidades de alimentos. Solicitante: Ledesma. Quien retiró: Carranza. Orden 411363 del 22/05/2023: trescientas unidades. Solicitante: Díaz. Quien retiró: Carranza. Orden 408381 del 19/04/2023: cincuenta chapas. Solicitante: Díaz. Quien retiró: Corres.

Doce veces el mismo patrón. Funcionarios de la Caja Popular solicitan mercadería social para "la Caja Popular" como beneficiaria. Personas vinculadas a la CPA retiran los bienes del depósito ministerial. Nadie informa destino final.

Total: miles de unidades de mercadería por $26.791.604,22 sin destino acreditado.