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El último día de Pagani

ELECCIONES UNT 2026

La cautelar sigue vigente, la apelación ya fue presentada, y en la UNT nadie sabe quién conduce la institución a partir de mañana. Detrás del enredo procesal, una red de intereses que los expedientes judiciales nombran apenas de refilón.

Último día como Rector de la UNT. Foto: X





La cautelar no cede

El 27 de mayo de 2026 llegó a la Universidad Nacional de Tucumán sin rector electo, sin cronograma firme y sin un pronunciamiento judicial que despeje el horizonte. Lo que sí llegó, en cambio, fue una nueva pieza procesal que el abogado Manuel Gonzalo Casas, en representación de los decanos Miguel Ángel Cabrera y Virginia Abdala, presentó ante el Juzgado Federal N°2. Un escrito de apelación contra la sentencia dictada ese mismo día por el juez Guillermo Díaz Martínez, dejando constancia expresa de que la medida cautelar dispuesta por la Cámara Federal el 15 de mayo permanece plenamente vigente. El texto del escrito es taxativo: “la cautelar dispuesta en autos continúa vigente al no haber aún ninguna sentencia firme y de que su suerte depende de la Excelentísima Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán.” Ningún fallo de primera instancia la levantó. Ninguna resolución de la Junta Electoral la neutralizó. La fórmula Pagani-Leal sigue inhabilitada para presentarse a las elecciones del rectorado.

Lo que resolvió Díaz Martínez este miércoles no fue si Pagani puede candidatearse. El juez rechazó la acción declarativa de certeza de inconstitucionalidad presentada por Cabrera y Abdala por considerar que existía una “duplicidad de vías”: los actores habían acudido previamente a la Junta Electoral, que rechazó su impugnación el 11 de mayo mediante RES-JE-5370/2026, y en consecuencia la vía idónea era el recurso directo ante la Cámara Federal según el artículo 32 de la Ley de Educación Superior N° 24.521. Evitó pronunciarse sobre el fondo del asunto, es decir, sobre si los artículos 17 y 190 del Estatuto de la UNT prohíben o no que Pagani vuelva a presentarse, y es así como esa pregunta sigue sin respuesta judicial de primera instancia. La cautelar de la Cámara, que sí toca el fondo al considerar que la candidatura viola el límite estatutario de reelecciones, es el único pronunciamiento sustancial del expediente.

No obstante, algunos medios cubrieron el fallo de Díaz Martínez como si se tratara de una habilitación a Pagani, omitiendo el cuidadoso análisis del expediente ante una audiencia no experta en temas legales: que una acción declarativa sea rechazada por vía inadecuada no significa que el derecho reclamado no exista, ni que la cautelar deje de regir. El propio juez, quizás consciente de esa ambigüedad, impuso las costas por su orden “reconociendo que los demandantes pudieron creerse con derecho a litigar”, frase que suena a una disculpa tácita ante una decisión que esquiva el fondo sin resolverlo.

Roberto Delgado, convocado como connoisseur, dando imprecisiones sobre la Asamblea Universitaria y el Nuevo Estatuto.

En este clima de confusión aparentemente deliberada, Roberto Delgado editor y columnista de La Gaceta, consultado por La Gaceta Play, llegó a sostener que “el mismo estatuto que aprobó la universidad en 2024 no está muy claro con respecto a esto”, y aventuró que las discusiones asamblearias “no llegaron a completar todos los temas” en lo que respecta a la posibilidad de un tercer mandato. La afirmación ignora un dato documentado y público: la Asamblea Universitaria N° 50 del 25 de abril de 2024 votó explícitamente, por 79 votos contra 34, en contra de permitir el reinicio de mandatos. No hubo omisión ni imprecisión: hubo un debate, una propuesta concreta para evitar una maniobra análoga a la de la reforma constitucional tucumana de 2006, y un resultado claro. El artículo 190 del Estatuto, cláusula transitoria, lo recoge sin margen de interpretación: quien cumplía su segundo mandato al momento de la reforma tiene mandato hasta la segunda quincena de mayo de 2026. Sin excepciones y sin misterio.

Los actores y sus intereses

Entender por qué la crisis universitaria ha llegado al punto de que nadie sabe quién conduce la Casa de Altos Estudios a partir del 28 de mayo requiere salir del expediente y mirar a quienes lo rodean. Porque la disputa que la Junta Electoral, el Consejo Superior y el Juzgado Federal han administrado durante estos meses no es solo una controversia estatutaria: es una pulseada por el control de recursos que, hasta hace poco, estaban repartidos entre más actores.

José Hugo Saab lleva cuatro décadas operando la política universitaria desde la Secretaría General, que controla la Mesa de Entradas y los Asuntos Jurídicos: las áreas que deciden qué expediente se mueve y con qué efecto. En 2025, el ex rector Cerisola fue condenado a tres años y medio por administración fraudulenta en la causa YMAD, y la investigación puede extenderse. Un Rectorado opositor con voluntad de auditoría podría activarla.

La Junta Electoral que debería arbitrar el proceso, presidida por el abogado Fernando Valdez, no está en mejores condiciones de invocar imparcialidad. Valdez es el mismo funcionario cuyo sobreseimiento en una causa vinculada al manejo de YMAD fue revocado por la Cámara Federal en julio de 2024, ordenándose su investigación junto al ex rector Cerisola. La segunda titular de la Junta, Ángeles Igarzábal, fue designada en sus funciones actuales mediante resolución firmada por el propio Pagani. Esta Junta, en paralelo con un Consejo Superior de composición cuanto menos controvertida —integrado por decanos recién electos aún no jurados y consejeros del período anterior—, dispuso el 18 de mayo la suspensión del proceso electoral completo. La medida generó denuncias penales por desobediencia judicial y abuso de autoridad, ya que en un movimiento conjunto se arrogaron la reprogramación de la Asamblea Universitaria que debe elegir rector para el 10 de junio, una fecha que no solo contradice los plazos del propio Estatuto en que se ampara Pagani para querer volver a presentarse, sino que opera como mecanismo para extender artificialmente la situación más allá del 28 de mayo.

La autonomía universitaria, en esta configuración, se invoca de manera selectiva. El oficialismo la usa como escudo cuando se le reclama a Cabrera y Abdala no haber presentado su impugnación original ante el Consejo Superior, un órgano que —dicho sea de paso— carece de competencia para modificar el Estatuto (solo la Asamblea puede hacerlo) y que está presidido por el propio candidato inhabilitado. Pero esa misma autonomía queda en suspenso cuando la Junta Electoral que el oficialismo controla decide, con un Consejo Superior de composición irregular, postergar la Asamblea que el Estatuto ordenaba antes del vencimiento de los mandatos. La vara se ajusta según convenga.

Saab-Valdez. Dupla radical devenida progre-mileísta


El juez catamarqueño y sus circunstancias

El juez Guillermo Díaz Martínez, nacido en Catamarca, asumió como titular del Juzgado Federal N°2 de esa provincia en mayo de 2022. En la ceremonia de asunción, estuvo presente el gobernador Raúl Jalil. Si bien las asunciones de jueces federales suelen contar con la presencia de autoridades provinciales, un dato de contexto adquiere otra textura cuando se lo ubica en la trama completa.

El juez Guillermo Díaz Martínez tomando juramento en presencia de autoridades como el Gob. de Catamarca, Raúl Jalil. 

Ese mismo juez fue quien, el 15 de diciembre de 2025, homologó el acuerdo entre la UNT y YMAD firmado por Pagani y el propio Jalil, por el cual la universidad desistía de la querella que declaraba nulo el convenio fraudulento de 2008 y aceptaba que la obligación de terminar la Ciudad Universitaria de San Javier se diera por “cumplida” con obras en cualquier lugar que determine el Consejo Superior. Una decisión que este medio calificó como la consagración de un daño patrimonial histórico. Y fue ese mismo magistrado quien recibió la acción de los decanos opositores y la resolvió hoy evitando pronunciarse sobre su contenido.

Jalil tiene en YMAD intereses concretos y documentados: luego del retiro del Estado nacional del directorio de la empresa —retiro que fue la contraprestación política de los votos catamarqueños para el Presupuesto 2026—, el gobernador designó a su hermano Fernando Jalil en un rol clave dentro de la empresa. La nueva distribución de utilidades destina el 40% directamente a la UNT, sin los controles que antes imponía la presencia federal. Quien conduzca el Rectorado a partir de mayo de 2026 será quien administre ese flujo, quien decida sobre la renegociación del contrato con Agua Rica, y quien tenga poder de bloqueo o habilitación sobre las decisiones estratégicas de la empresa minera.

La coincidencia de circunstancias —un juez catamarqueño que asumió con el acompañamiento del gobernador que controla YMAD, que ya homologó el acuerdo UNT-Jalil sobre esa misma empresa, y que hoy rechazó sin entrar al fondo la acción que buscaba impedir el tercer mandato de Pagani— merece ser, cuanto menos registrada y señalada. La transparencia que Pagani invoca retóricamente cuando conviene también debería aplicarse a la cadena de decisiones institucionales que hacen posible su permanencia.

Pagani y Jalil sellando el pacto


Las preguntas que se imponen

El mandato de Sergio Pagani vence el 28 de mayo. La Asamblea que debe elegir rector fue reprogramada para el 10 de junio. Entre ambas fechas hay un intersticio de trece días que nadie en el oficialismo parece querer explicar con precisión.

Si no se prorroga formalmente el cargo de Pagani, ¿quién conduce la UNT durante esos trece días? La respuesta más obvia es que el Consejo Superior debería designar a alguien que actúe como rector subrogante, o que Mercedes Leal, en su carácter de vicerrectora saliente, asuma esa conducción interina. Pero aquí emerge una pregunta que el oficialismo prefiere no formular: si Leal asume la conducción del rectorado durante esos trece días, ¿no habrá ejercido funciones de la fórmula ejecutiva en un período distinto al de Pagani? Y si así fuera, bajo la misma lógica argumental que el oficialismo usa para sostener que Pagani puede volver a presentarse por haber pasado un lapso de tiempo entre su mandato de mayo a junio del mismo año al amparo del nuevo Estatuto, ¿no quedaría Leal inhabilitada para ser su vicerrectora, dado que habría actuado como rectora en ese breve período (y vicerrectora de 2022 a 2026)?

La paradoja no es menor. El mismo razonamiento que intentan usar para rehabilitar la candidatura de Pagani podría, aplicado con consistencia, inhabilitarla a ella. A menos que las reglas se apliquen de manera diferente según quién las invoque y en qué dirección apunten, que es precisamente lo que este proceso ha demostrado ser la norma.

Estas preguntas merecen una respuesta pública antes de que los hechos se consumen. Porque una vez que la Asamblea vote —si es que vota—, el argumento del hecho consumado volverá a operar como lo ha operado en cada etapa de esta crisis: no como solución, sino como clausura.

La vara que falta

El público observa este proceso con asombro creciente. Los mismos actores que invocan la autonomía universitaria como argumento contra la intervención judicial son los que construyeron una Junta Electoral con conflictos de interés documentados y convocaron a una Asamblea en fecha que viola el Estatuto cuyo respeto declaman. Los mismos que acusan a los decanos opositores de no haber agotado las instancias internas son los que controlan esas instancias y ya las usaron para rechazar las impugnaciones. Los mismos que dicen que el Estatuto es claro cuando les conviene son los que sostienen, frente a un voto asambleario de 79 a 34, que “el tema no estaba del todo resuelto”.

La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán es, en este momento, el único árbitro externo con capacidad de pronunciarse antes de que la dinámica institucional consagre lo que el Estatuto y la Asamblea ya resolvieron en otra dirección. La cautelar que dictó el 15 de mayo sigue vigente y la apelación presentada hoy por Casas le devuelve el expediente. Lo que decida en los próximos días determinará si la institucionalidad universitaria puede ser doblada por quienes la administran desde adentro, o si hay todavía un resguardo externo que opere con la velocidad que el calendario exige.

El 28 de mayo termina el mandato de Sergio Pagani. Lo que ocurra después no depende ya del Estatuto, que es claro, ni de la Asamblea, que ya votó, ni de la cautelar, que sigue firme. Depende de si quienes tienen poder para actuar deciden hacerlo. La ciudadanía universitaria, y el pueblo al que dicen defender e incluir, los observa.