Embargan al empresario Grandi por no cumplir con la entrega de un departamento
resolución
La Justicia autorizó un embargo preventivo al desarrollador Miguel de la Cruz Grandi y a su esposa por el incumplimiento en la entrega de un inmueble.
La Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial Común de San Miguel de Tucumán dictaminó un embargo preventivo de bienes personales al empresario inmobiliario Miguel de la Cruz Grandi, por el incumplimiento en la entrega de un departamento.
Con esta decisión, la Justicia de la Provincia deja de lado los límites de responsabilidad patrimonial inherentes al fideicomiso y autoriza a la damnificada, Carolina Espeche, a trabar un embargo de $1,8 millón sobre tres vehículos: un Mazda 2008 y dos camionetas (Toyota
Hilux 2012 y BMW 2008), estas últimas a nombre de la esposa del empresario, María Inés Jiménez Alegre, según informa La Gaceta.
La Cámara en lo Civil consideró que “correspondía dejar de lados los beneficios de la separación de patrimonios y de la limitación de la responsabilidad de los bienes involucrados en el fideicomiso cuando este instituto haya sido usada para violar la ley o frustrar los derechos de terceros”. Y que, en consecuencia, por el daño causado debían responder en forma directa, solidaria e ilimitada con sus propios peculios quienes habían hecho posible la utilización ilícita de la figura.
Joaquín Olaizola, abogado que representa a otros damnificados por la constructora Grandi, calificó como "positiva" la medida de la Justicia y explicó a eltucumano.com que está permite accionar contra los responsables de estos fraudes y no sobre el fideicomiso. “Cuando uno hace un embargo, por ejemplo esta persona que adquiere el bien, está embargando el fideicomiso, es decir, a todas las personas que aportaron dinero para hacer la construcción. Ahí está lo perverso en esto, que embarga a las víctimas", aclaró el penalista que luego añadió: "Con este fallo se le embarga el patrimonio de estas personas, en este caso Miguel de la Cruz Grandi y su ex esposa Jiménez Alegre. Antes se confundía víctima y victimario, porque era una ficción. Al crear el fideicomiso su patrimonio quedaba inmune ya que este se creaba para construir el edificio y quedaban afuera la empresa y sus dueños".
Olaizola explicó que el embargo preventivo es una garantía para el futuro resultado del juicio. “El embargo preventivo es para cubrir el resultado del juicio. Es un patrimonio del cual el dueño no puede disponer, o sea no puede venderlos porque están embargados. Esto queda congelado hasta que termine el juicio. Cuando finaliza y por ejemplo la demandante gana, los bienes se rematan si el demandado no pone el dinero”, detalló el letrado.
Esta resolución, dictada por los camaristas civiles Benjamín Moisá y María del Pilar Amenábar, es una luz de esperanza para los damnificados por César Grandi Empresa Constructora SR, que en los últimos años comenzaron litigios civiles y penales con la denuncia de estafa contra la firma.
El fallo completo de la Justicia








