Top

Cepo al dólar: Quiénes están exceptuados y qué pasa con los viajes al exterior

LETRA CHICA

Con las nuevas restricciones para la compra de moneda extranjera, surgen algunas interrogantes sobre situaciones especiales.





Tras conocerse el resultado de las elecciones generales 2019, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso la implementación de un cepo para la compra de dólares mucho más estricto, estableciendo un límite de US$200 por mes para las compras mediante cuenta bancaria y en US$100 para las compras en efectivo.

Sin embargo, tras el anuncio y su publicación en el Boletín Oficial, surgieron interrogantes sobre algunas situaciones especiales y excepciones.

El primero de los casos es el de los argentinos que se encuentran de viaje fuera del país. Consultado por este tema, el titular del BCRA, Guido Sandleris, afirmó que la medida no afecta al turismo ni el acceso a las divisas para el comercio exterior. "No hay restricciones para los viajes al exterior", resaltó.

Esto significa que para compras en el exterior, no hay límites para pagar con tarjetas de débito y crédito. Tampoco hay límites para las compras en dólares por Internet. Sin embargo, no se podrán retirar dólares con tarjetas de débito en el exterior desde una cuenta en pesos.

Es decir, que para extracciones en el exterior con tarjeta de débito, solo se podrán retirar los dólares que tenga el usuario en su caja de ahorros en dólares. No se pueden realizar extracciones de la caja de ahorro en pesos. En el caso de extracciones con tarjeta de crédito, el límite lo establece el banco propio y la Unidad de información financiera (UIF), ya que se trata de un préstamo que realiza la entidad bancaria y que cobrará costo por la transacción, una tasa de interés y tiene un cupo limitado.

Por otra parte, se conoció también una serie de excepciones que son contempladas por la nueva reglamentación. Ellos son:  

- Organismos internacionales e instituciones que cumplan funciones de agencias oficiales de crédito a la exportación.

- Representaciones diplomáticas y consulares y personal diplomático acreditado en el país por transferencias que efectúen en ejercicio de sus funciones.

- Representaciones en el país de Tribunales, Autoridades u Oficinas, Misiones Especiales, Comisiones u Órganos Bilaterales establecidos por Tratados o Convenios Internacionales, en los cuales la República Argentina es parte, en la medida que las transferencias se realicen en ejercicio de sus funciones.

- Las transferencias al exterior a nombre de personas humanas que sean beneficiarias de jubilaciones y/o pensiones abonadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), por hasta el monto abonado por dicho organismo en el mes calendario y en la medida que la transferencia se efectúe a una cuenta bancaria de titularidad del beneficiario en su país de residencia registrado.

- La compra de dólares hasta US$100.000 para quienes tenían una carpeta en trámite para sacar un crédito hipotecario antes del 31 de agosto.