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Buscan impedir proyectos inmobiliarios en zonas incendiadas de San Javier

PROYECTO DE LEY

El legislador Gonzalo Monteros presentó un proyecto para declarar la "Emergencia Ambiental, Ecológica, y Zona de Protección Arqueológica" en el cerro San Javier. Se busca además fijar multas de hasta 10 mil sueldos básicos de categoría estatal más baja para reincidentes.

El cerro en llamas. Foto: eltucumano.com





El legislador Gonzalo Monteros presentó un proyecto de ley que propone declarar la "Emergencia Ambiental, Ecológica, y Zona de Protección Arqueológica" en las zonas afectadas por incendios desde hace dos meses en el cerro San Javier y que las mismas no puedan ser utilizadas para loteos o proyectos agrícolas.

"Tenemos que evitar que la crisis medioambiental sea aprovechada por gente para proyectos inmobiliarios o utilizar las zonas devastadas por el fuego para proyectos agrícolas o ganaderos", enfatizó el legislador del Bloque Justicialista de Todos oriundo de Banda del Río Salí.

Monteros alertó que la frase "crisis es oportunidad no debe ser mal interpretada aquí lo que tiene que pasar es que las zonas golpeadas por los incendios vuelvan a restaurarse naturalmente para que el cerro siga siendo el pulmón verde la provincia".

El proyecto

La iniciativa impulsada por Monteros propone declrar "la Emergencia Ambiental, Ecológica, y Zona de Protección Arqueológica a la zona del Cerro San Javier, jurisdicción de la Comuna de San Javier, departamento Yerba Buena, por el término de diez (10) años, facultando al Poder Ejecutivo a prorrogarlo por igual término o el que estime conveniente".

La iniciativa presentada en la Legislatura establece que su objetivo es "garantizar las condiciones para la restauración de la superficie descripta”, por lo que se prohíbe, por el término mencionado:

a) Realizar modificaciones, en el uso y destino de las superficies del Cerro San Javier, distintas de las que tenían con anterioridad a la promulgación de esta ley. 

b) El fraccionamiento, loteo, división y/o urbanización de terrenos y construcción de viviendas u obra edilicia de cualquier tipo, en la zona detallada en el Artículo 1°.

c) La modificación de la superficie para el desarrollo de prácticas de agricultura.

En caso de reincidencias, la normativa contempla "multa de entre trescientos (300) y diez mil (10.000) sueldos básicos de la categoría inicial de la Administración Pública Provincial" y que "lo recaudado por este concepto, será afectado a la recuperación y protección ambiental".


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Video: Fuego en el Cerro