Top

Por disposición del COE, la circulación y el ingreso a Tucumán seguirán restringidos hasta el 9 de abril

PANDEMIA

El Comité Operativo de Emergencia prorrogó hasta el 9 de abril las restricciones vigentes en la provincia para contener la propagación del Covid. Circulación en la vía pública, ingreso a la provincia, actividad en bares y salones de fiesta: conocé cómo seguirán estas actividades.





Con el objetivo de contener la propagación de los contagios de Covid en Tucumán, el Comité Operativo de Emergencia (COE) resolvió prorrogar hasta el próximo 9 de abril las restricciones vigentes en el territorio provincial: los horarios restringidos para la circulación, el ingreso de personas a la provincia y la actividad en bares, restaurantes y salones de fiesta.

Ingreso a la provincia

El ingreso a Tucumán sólo está permitido para personas que formen parte de actividades esenciales presentando Certificado de Circulación Nacional o en casos de fuerza mayor, para lo que se deberá presentar la declaración jurada de ingreso por vía terrestre.

En caso de turistas de provincias con convenio (Salta, Jujuy, Catamarca, Santiago del Estero y La Rioja) deberán tener la declaración jurada de turismo. Si son del resto del país o exterior, una declaración jurada de turismo y la constancia de reserva de hospedaje.

Para ingresar a la provincia por vía aérea deberán presentar:

- Declaración jurada de Salud de pasajeros y tripulación en la cual aseguren no tener síntoma compatible con coronavirus.
- Certificado único Habilitante para Circulación - Emergencia Covid-19 (CUIDAR).
- En caso de ser pasajeros provenientes de otros países deberán adicionar análisis PCR no detectable con vigencia de 72 horas y deberán realizar aislamiento por término de 10 días si la autoridad sanitaria lo considera, en el lugar que se indique.

Circulación

Hasta el 9 de abril continuará restringida la circulación de personas en la vía pública entre las 2 y las 6 de la mañana. Las personas que revistan el carácter de esenciales seguirán exceptuadas en esta disposición.

Bares y restaurantes

Los bares, restaurantes y establecimientos gastronómicos podrán permanecer abiertos desde las 7 de la mañana hasta las 2 de la madrugada. Además, las normas para el funcionamiento de los mismos seguirán siendo las mismas:

- Límite de cuatro personas por mesa.
- La ocupación en espacios interiores deberá ser del 50%, respetando la distancia de 2 metros entre sillas de mesas contiguas.
- En espacios al aire libre debe existir una distancia de 2 metros entre sillas de mesas contiguas.
- El uso del tapabocas o barbijos debe mantenerse en todo momento, excepto cuando se ingieren alimentos o bebidas.
- Para la “burbuja familiar” deben las personas acreditar con DNI que son convivientes.
- Ventilar espacios interiores cada 2 horas y sanitizar las superficies.
- En cada mesa deben estar dispuestos sanitizantes para los clientes.

Salones de Fiesta

El COE establece que la actividad que llevan a cabo los Salones de Eventos, deberá realizarse siguiendo el siguiente protocolo:

- Solo modalidad “Bar” o “Restaurante”.
- No podrán habilitarse pistas de baile o cualquier otro espacio destinado al mismo fin.
- Horario de 7:00 hs a 2:00 hs.
- Límite de cuatro personas por mesa
- La ocupación en espacios interiores deberá ser del 50 %, respetando la distancia de 2 metros entre sillas de mesas contiguas.
- En espacios al aire libre debe existir una distancia de 2 metros entre sillas de mesas.
- El uso del tapabocas o barbijos debe mantenerse en todo momento, excepto cuando se ingieren alimentos o bebidas.
- Para la “burbuja familiar” deben las personas acreditar con DNI que son convivientes.
- Ventilar espacios interiores cada 2 horas y sanitizar las superficies.
- En cada mesa deben estar dispuestos sanitizantes para los clientes.